Juramento de fidelidad a la bandera

Como es de conocimiento cada 19 de junio en conmemoración del Natalicio de Artigas se realiza el Acto de Juramento de Fidelidad a la Bandera en Uruguay.

Por ley, todo ciudadano natural, Ley 16.201, Ley 19.362 o legal uruguayo entre 11 o 12 años está obligado por única vez a prestar juramento de fidelidad a la bandera en acto público y solemne (Articulo 28°, Decreto-Ley N° 9.943 del 20 de julio de 1940).

Por consiguiente, aquellos ciudadanos que no hayan cumplido con el referido juramento, podrán realizarlo en las instalaciones de este Consulado, para lo cual se informará oportunamente vía correo electrónico los detalles para el desarrollo del acto.

La falta de Juramento de Fidelidad a la Bandera acarrea sanciones como: no se expedirán títulos profesionales o técnicos, no podrá inscribirse en Universidades públicas ni privadas y no podrá desempeñar cargos en la Administración pública.

NOTA

  • Se debe confirmar asistencia mínimo 5 días antes del acto a través de correo o vía telefónica adjuntando documento probatorio de nacionalidad.
  • El día de acto presentar documento original.