Juramento de fidelidad a la bandera
- INFORMACION CONSULAR
- REGISTRO URUGUAYOS EN EL EXTERIOR
- Compatriota tenga en cuenta
- Renovación de Pasaporte Común
- Renovación de Cédula de Identidad
- Emisión de Pasaporte por primera vez
- Operativo Pasaporte para hijos de Uruguayos (Ley 16021)
- Operativo Pasaporte para nietos de Uruguayos (Ley 19.362)
- Permiso del menor para expedir o renovar pasaporte, documento y viajar al exterior
- Permiso del menor para residir en ROU
- Certificado de antecedentes penales
- Expedición de certificados de existencia: CPS, Caja Militar, Policial, Caja de Profesionales
- Certificado de soltería
- Certificado de concordancia
- Inscripción de nacimiento
- Certificado de defunción
- Inscripción de reconocimiento
- Acceso de los servicios en linea del BPS, creación de usuario
- Renuncia del FONASA para los ciudadanos que residen en el exterior
- Expedición de partidas de nacimiento, matrimonio y defunción
- Certificado para libretas de conducir
- Examen Uruguayos por el mundo
- Juramento de fidelidad a la bandera
- Retorno al Uruguay
- Poderes notariales
- Trámite de visa
Como es de conocimiento cada 19 de junio en conmemoración del Natalicio de Artigas se realiza el Acto de Juramento de Fidelidad a la Bandera en Uruguay.
Por ley, todo ciudadano natural, Ley 16.201, Ley 19.362 o legal uruguayo entre 11 o 12 años está obligado por única vez a prestar juramento de fidelidad a la bandera en acto público y solemne (Articulo 28°, Decreto-Ley N° 9.943 del 20 de julio de 1940).
Por consiguiente, aquellos ciudadanos que no hayan cumplido con el referido juramento, podrán realizarlo en las instalaciones de este Consulado, para lo cual se informará oportunamente vía correo electrónico los detalles para el desarrollo del acto.
La falta de Juramento de Fidelidad a la Bandera acarrea sanciones como: no se expedirán títulos profesionales o técnicos, no podrá inscribirse en Universidades públicas ni privadas y no podrá desempeñar cargos en la Administración pública.
NOTA
- Se debe confirmar asistencia mínimo 5 días antes del acto a través de correo o vía telefónica adjuntando documento probatorio de nacionalidad.
- El día de acto presentar documento original.